Sí: en Argentina, el Reglamento de Turismo Estudiantil, aprobado por la Resolución 1/2024, dispone que cada turista cuente con un servicio de asistencia al viajero, además de las coberturas del seguro de accidentes personales que contrata el operador. La Ley 25.599, por su parte, exige que el contrato del viaje certifique la contratación de seguros de accidentes personales, entre cuyos alcances nombra los servicios de asistencia al viajero, para cada turista del contingente. Cada texto se cita aquí por separado, con su fuente.

Por qué importa leer la norma antes de firmar

La Cancillería argentina informa que el cónsul no entrega dinero para pagar gastos médicos, de internación, cirugías ni repatriaciones sanitarias, y que el costo de repatriar restos de una persona fallecida en el exterior corresponde a los seguros contratados o a los familiares (Cancillería argentina, consultado el 2026-09-29). Qué servicio contrata cada actor del viaje se lee en el contrato, antes de pagar.

Qué es un viaje de egresados para la norma argentina

La Ley 25.599 define los viajes de egresados como las actividades turísticas realizadas con el objeto de celebrar la finalización de un nivel educativo o de una carrera, organizadas con la participación de los padres o tutores de los alumnos. Esa definición es el punto de partida: la ley fija qué es un viaje de egresados y qué debe contener el contrato, y el Reglamento de Turismo Estudiantil, aprobado por la Resolución 1/2024 de la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes, fija las obligaciones del operador.

Lo que pide el Reglamento de Turismo Estudiantil

El Reglamento de Turismo Estudiantil (consultado el 2026-09-29) establece en su texto que los operadores de turismo estudiantil deben contratar un seguro de accidentes personales que cubra la vida y la incapacidad total o parcial, permanente o transitoria, de cada turista, desde el inicio hasta la finalización de cada viaje. Su art. 9, “De los Servicios de Asistencia al Viajero”, agrega: “Sin perjuicio de las coberturas mencionadas en los artículos anteriores, cada turista-usuario deberá contar con un servicio de asistencia al viajero.”

La norma no dice quién contrata ese servicio ni quién lo paga, y esta guía tampoco lo afirma.

Qué tiene que certificar el contrato del viaje

El art. 7, inciso d, de la Ley 25.599 dispone que los contratos de venta de servicios de turismo estudiantil indiquen obligatoriamente, entre otros datos, la certificación fehaciente de la contratación de un seguro de responsabilidad civil que comprenda la actividad de los agentes de viajes. Pide además la certificación de la contratación, para cada turista del contingente, de seguros de accidentes personales que cubran el riesgo de muerte e incapacidad total o parcial, permanente o transitoria, la asistencia médica y farmacéutica y otros servicios de asistencia al viajero, y otros instrumentos que establezca la reglamentación. En todos los casos deben cubrir los riesgos físicos desde el inicio hasta la finalización del viaje.

CriterioLey 25.599Reglamento (Resolución 1/2024)Qué revisar en el contrato
Qué es un viaje de egresadosLo define: actividad turística para celebrar la finalización de un nivel educativo o carrera, con participación de padres o tutoresNo lo redefineQue el viaje corresponda a esa definición
Seguro de accidentes personalesCertificación para cada turista del contingente (art. 7, inc. d)El operador debe contratarlo para cada turista, con vida e incapacidadLa certificación de cada estudiante
Asistencia al viajeroNombra “otros servicios de asistencia al viajero” entre los alcances de esos segurosSu art. 9 pide que cada turista cuente con un servicio de asistencia al viajeroCómo figura el servicio, estudiante por estudiante
Certificado Nacional de AutorizaciónSu art. 1 lo exigeLo exige al operadorEl certificado del operador

En la primera fila la ley supera al reglamento, porque es el texto que define el viaje de egresados. En la tercera, el reglamento es el que habla de un servicio de asistencia al viajero para cada turista como exigencia propia.

El operador y el Certificado Nacional de Autorización

El mismo Reglamento exige al operador de turismo estudiantil el Certificado Nacional de Autorización. Quedan excluidos de esa exigencia los comercializadores que celebran contratos por cuenta y orden del organizador, y desarrollar actividades de turismo estudiantil sin el certificado exigido por el art. 1 de la Ley 25.599 es una infracción, según el texto de la Resolución 1/2024. Por eso conviene distinguir quién organiza el viaje de quién lo comercializa.

Qué preguntar como familia antes de firmar

Las exigencias de la norma se pueden convertir en preguntas concretas sobre el contrato. Para ordenar el vocabulario conviene tener a mano qué es la asistencia al viajero y qué cubre. Estas son las revisiones:

  1. Qué certifica el contrato. Que incluya la certificación del seguro de responsabilidad civil de la agencia de viajes y, para cada estudiante, la de los seguros de accidentes personales.
  2. El período. Que las certificaciones cubran los riesgos físicos desde el inicio hasta la finalización del viaje, que es el período que fija la ley.
  3. El servicio de asistencia al viajero de cada turista. Cómo figura en el contrato el servicio que el Reglamento pide para cada turista-usuario.
  4. El Certificado Nacional de Autorización. El dato del operador que organiza el viaje.
  5. Quién organiza y quién comercializa. Si el contrato se celebra con el organizador o con un comercializador por cuenta y orden de este.
  6. La letra chica. La Cancillería argentina recomienda leer detenidamente la “letra chica” de los servicios contratados, pedir referencias y consultar todos los detalles de los alcances y exclusiones antes de contratar (Cancillería argentina, consultado el 2026-09-30).
  7. Qué hacer si algo no se cumple. El canal público de reclamo de consumo en Argentina, con su trámite por internet y sin costo, está en asistencia al viajero y Defensa del Consumidor en Argentina.

Próximo paso

Para conocer un servicio de asistencia al viajero y resolver dudas antes de contratar, el paso siguiente es hablar con un socio Hero Assist o cotizar en el sitio. Hero Assist es la marca de asistencia al viajero de Hero fuera de Brasil, y llega al viajero a través de agencias de viaje y corredores de compañías de seguros.

Ver también

Preguntas frecuentes

¿Qué pide el Reglamento de Turismo Estudiantil sobre la asistencia al viajero de un viaje de egresados?

Su art. 9 dispone que, sin perjuicio de las coberturas mencionadas en los artículos anteriores, cada turista-usuario deberá contar con un servicio de asistencia al viajero. Antes, el Reglamento pide al operador un seguro de accidentes personales que cubra la vida y la incapacidad de cada turista, desde el inicio hasta la finalización de cada viaje.

¿Qué tiene que certificar el contrato de un viaje de egresados?

Según el art. 7, inciso d, de la Ley 25.599, el contrato de turismo estudiantil debe certificar la contratación de un seguro de responsabilidad civil de la actividad de los agentes de viajes y, para cada turista del contingente, de seguros de accidentes personales que cubran muerte e incapacidad, asistencia médica y farmacéutica y otros servicios de asistencia al viajero, del inicio al fin del viaje.

¿La asistencia al viajero se suma al seguro de accidentes personales en un viaje de egresados?

Sí, en el texto del Reglamento: el operador debe contratar el seguro de accidentes personales y, además de esas coberturas, cada turista debe contar con un servicio de asistencia al viajero. La Ley 25.599 nombra los servicios de asistencia al viajero entre los alcances de los seguros que el contrato debe certificar, y cada texto se lee por separado.

¿Quién necesita el Certificado Nacional de Autorización en un viaje de egresados?

El Reglamento lo exige al operador de turismo estudiantil. Quedan fuera los comercializadores que celebran contratos por cuenta y orden del organizador. Desarrollar actividades de turismo estudiantil sin el certificado exigido por el art. 1 de la Ley 25.599 es una infracción.

¿Puede el cónsul argentino pagar los gastos médicos de un estudiante en el exterior?

No. Según la Cancillería argentina, el cónsul no entrega dinero para pagar gastos médicos, de internación, cirugías ni repatriaciones sanitarias, ni se hace cargo de las cuentas de hotel, transporte o abogados. El costo de repatriar restos de una persona fallecida en el exterior corresponde a los seguros contratados o a los familiares.

¿Cuál es la diferencia entre el operador y el comercializador de un viaje de egresados?

El Reglamento de Turismo Estudiantil exige el Certificado Nacional de Autorización al operador, que desarrolla la actividad. Los comercializadores que celebran contratos por cuenta y orden del organizador quedan excluidos de esa exigencia. Por eso la familia puede preguntar con quién se celebra el contrato y quién es el organizador.

En resumen

¿El viaje de egresados tiene que incluir asistencia al viajero? En Argentina, el Reglamento de Turismo Estudiantil pide que cada turista cuente con un servicio de asistencia al viajero, además de las coberturas del seguro de accidentes personales que contrata el operador. La Ley 25.599 define el viaje de egresados y exige que el contrato certifique, para cada turista del contingente, los seguros de accidentes personales y de responsabilidad civil de la agencia, del inicio al fin del viaje. El operador, además, debe contar con el Certificado Nacional de Autorización, y la familia puede revisar el contrato con esa lista de preguntas antes de firmar.

Equipo Hero Assist — contenido institucional de Hero Assist, marca de asistencia al viajero en América Latina. Actualizado en septiembre de 2026.